Cada año, el anuncio del aumento al salario mínimo genera grandes expectativas. Muchos trabajadores esperan ver un reflejo inmediato en sus depósitos bancarios. Sin embargo, millones de empleados formales notan que su nómina no cambia. Esta situación no siempre es un error de la empresa. En realidad, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece reglas muy específicas sobre quiénes deben recibir este beneficio de forma obligatoria. El salario mínimo es el “piso legal” de remuneración en México. Según los artículos 90 al 97 de la LFT, este monto debe cubrir las necesidades básicas de una familia. Si tu sueldo actual ya supera ese límite, la ley no obliga al patrón a incrementarlo automáticamente. El ajuste solo es mandatorio para quienes ganan menos de la nueva cifra establecida por la CONASAMI. EL SALARIO MÍNIMO VS. EL SALARIO CONTRACTUAL La razón principal por la que tu sueldo no sube automáticamente es que existe una diferencia legal entre el salario mínimo y el salario contractual. El primero es fijado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) por decreto oficial. El segundo, el salario contractual, es el que tú negociaste directamente con tu patrón o el que está estipulado en tu contrato individual o colectivo de trabajo. La Ley Federal del Trabajo obliga a los patrones a ajustar únicamente los sueldos que, tras el aumento oficial, queden por debajo del nuevo mínimo. Si tú ganas, por ejemplo, 10,000 pesos mensuales y el nuevo salario mínimo equivale a 7,500 pesos, tu empresa no tiene la obligación legal de subirte el sueldo, pues ya estás cumpliendo con la norma de ganar “más del mínimo”. En estos casos, cualquier incremento depende exclusivamente de la negociación interna, el desempeño o el contrato colectivo de cada empresa. EL EFECTO FARO Y LA REALIDAD ECONÓMICA Aunque la ley no obligue al aumento generalizado, existe un fenómeno económico conocido como “Efecto Faro”. Este término se refiere a cómo el incremento del salario mínimo sirve como referencia para las negociaciones salariales en otros niveles de la pirámide laboral. Sin embargo, este efecto no es inmediato ni proporcional; es decir, un aumento del 20% al mínimo no se traduce en un 20% para todos los puestos, ya que las empresas deben cuidar sus costos de operación y evitar presiones inflacionarias. Es importante saber que, aunque el patrón no esté obligado a igualar el porcentaje de CONASAMI, sí existen situaciones donde el sueldo debe revisarse. Si tu contrato especifica que tu salario está ligado a “veces el salario mínimo” (aunque esto es cada vez menos común debido a la desindexación por la UMA) o si perteneces a un sindicato que negocia tabuladores anualmente, podrías ver un ajuste. De lo contrario, la recomendación de los expertos es utilizar el periodo de incrementos oficiales para negociar una revisión de contrato basada en productividad y resultados. Compartir Navegación de entradas Kimmel dedica premio a Trump en los Critics Choice Awards Sheinbaum informa 11 hospitalizados tras accidente del Tren Interoceánico