Puebla dio el primer paso en contra de Cabify. Un juez federal rechazó autorizar a la empresa retomar sus actividades en la entidad, las cuales fueron canceladas tras el asesinato de la joven Mara Castilla Miranda a manos de un chofer contratado por medio de esa plataforma.

Alfonso Ortiz, Juez Tercero de Distrito en Materia de Amparo en San Andrés Cholula, negó la suspensión provisional solicitada por Cabify contra la resolución del pasado 18 de septiembre, por la cual el Gobierno de Puebla le canceló el permiso para operar, consignó el diario Reforma.

De concederse la suspensión, “se estaría permitiendo la continuación de actividades con claro perjuicio al interés social o colectivo”, afirmó el Juez, según la nota de Reforma firmada por su reportero Víctor Fuentes.

Fue el 18 de septiembre cuando el registro fue cancelado luego de que se evidenciaron irregularidades en el protocolo de seguridad de la empresa tras el asesinato de Mara Castilla.

En su fallo, el juez agregó que, en este caso, las acciones de la autoridad buscan controlar a las personas morales que prestan su servicio como empresas de redes de transporte para que proporcionen a través de los conductores, “seguridad, equidad de género y respeto a los derechos humanos”, por lo que debe privar el interés colectivo sobre los intereses particulares de Cabify.

Si bien negó la suspensión, el juez admitió a trámite el amparo, por lo que desahogará un juicio para analizar la Constitucionalidad de la cancelación del permiso, mismo que puede tomar varios meses.

Cabify puede impugnar la negativa de suspensión ante un tribunal colegiado de circuito, que tendrá 48 horas para resolver.

Ricardo Alexis, acusado del asesinato de Castilla Miranda, quien tenía 19 años de edad, había sido dado de baja por Uber por comportamientos indebidos.

El Gobierno de Puebla sostuvo que, en las condiciones de servicio que ofrece, Cabify se deslinda por completo de cualquier conflicto entre el usuario y el “tercero transportista”, sin que la empresa pueda tener responsabilidad alguna, añadió la nota de Reforma.

Por tanto, según la autoridad, “no existe, en el caso de Cabify México, S. de R.L. de C.V, garantía de que los procedimientos para certificar a sus conductores aseguren el cumplimiento de los principios de seguridad, equidad de género y respeto a los derechos humanos”.

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