La Navidad es, para la mayoría, una fecha de descanso y reunión familiar. Sin embargo, sectores esenciales como el de servicios, salud, seguridad y comercio mantienen sus operaciones, lo que obliga a miles de personas a cumplir con su jornada laboral. Si este es tu caso, es fundamental que conozcas tus derechos financieros para asegurar que el esfuerzo de dejar tu hogar en un día festivo sea compensado conforme a la ley.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 25 de diciembre es considerado un día de descanso obligatorio. Esto significa que no es un día laboral común y corriente, y que cualquier trabajador que preste sus servicios en esta fecha tiene derecho a una remuneración superior a la de un día ordinario.

El cálculo del pago: ¿Doble o triple?

Existe una confusión común sobre si el pago debe ser “doble” o “triple”. Legalmente, el Artículo 75 de la LFT establece que los trabajadores que deban laborar en un día de descanso obligatorio tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

En términos prácticos, esto se traduce en un pago triple. Por ejemplo: si tu salario diario normal es de 500 pesos, la empresa debe pagarte esos 500 pesos (que ya están cubiertos por contrato) más otros 1,000 pesos adicionales (el doble por trabajar el festivo). Al final de la jornada, deberías ver reflejados 1,500 pesos por ese día de trabajo en tu nómina. Es importante aclarar que el 24 de diciembre (Nochebuena) no es un día feriado oficial, por lo que se paga de manera regular a menos que el contrato colectivo de tu empresa indique lo contrario.

¿Qué hacer si no se cumple con el pago?

Si tras trabajar el 25 de diciembre notas que tu pago no incluye el excedente de ley, el trabajador tiene herramientas legales para actuar. La instancia encargada de brindar asesoría gratuita y representación legal es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

Para realizar una reclamación, cuentas con un plazo de hasta un año a partir de que la obligación sea exigible. Puedes contactar a la PROFEDET a través de sus líneas telefónicas (800 911 7877 y 800 717 2942) o acudir a sus oficinas con documentos que acrediten la relación laboral, como recibos de nómina anteriores o contratos. Recuerda que, además del pago triple, si la jornada coincide con tu día de descanso semanal (domingo), también tendrías derecho a una prima dominical, que consiste en un 25% adicional sobre el salario base.

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