Castigo por incumplidos. El Poder Judicial y la Secretaría de Gobierno de Guanajuato registraron cuatro casos de deudores alimentarios morosos, a dos de los cuales les embargaron sus viviendas.
De acuerdo con información del diario AM, estas personas fueron sancionadas por no pagar pensión alimenticia a las madres de sus hijos para su manutención.
El mencionado diario precisó que ya se hicieron dos anotaciones en el Registro Público de la Propiedad, una en Guanajuato capital, y otra en León, con lo que se embargó la propiedad de los deudores.
NO PAGAS, NO HAY DEVOLUCIÓN
Hasta fines de noviembre, los deudores alimentarios no habían pagado la pensión acumulada, por lo que autoridades recuerdan que no se les devolverá la propiedad si no saldan la deuda.
El diario AM recordó que en el 2021, el Congreso del Estado aprobó agregados al Artículo 363 del Código Civil del Estado en los cuales se implementan medidas para obligar a los padres a pasar la pensión alimenticia.
Ahí se establece que:
- A petición de un juez, la Dirección de Registros Públicos de la Propiedad y Notarías hace la inscripción en el Registro de Deudores Alimenticios
- En esa inscripción se detalla que la persona ha incurrido en incumplimiento injustificado por un periodo de 90 días respecto a la pensión o suministro de alimentos que se encuentra obligada conforme a la medida provisional, sentencia o convenio generados dentro del Poder Judicial
- Con el embargo, el deudor alimentario no puede rentar, vender, donar o hipotecar esa propiedad a fin de garantizar el pago de la pensión.