🔊 Escuchar esto En casos de ordeñadores de combustible o huchicoleros será el juez quien dictamine si aplica la prisión preventiva y no el Ministerio Público.Diputados federales de los partidos Morena, Movimiento Ciudadano (MC) y del PRD proponen una iniciativa alterna de reforma al artículo 19 constitucional sobre prisión preventiva oficiosa.[read more=”Leer más” less=”Leer menos”] 🔊 Nota completa Según el documento, en lugar de que sea el Ministerio Público (MP) el que considere la prisión preventiva, se refuerza la facultad de los jueces para tomar esa decisión, con base en las carpetas de investigación que presente la autoridad.La propuesta ha sido elaborada como una alternativa por parte de expertos y organizaciones sociales, a fin de cumplir con los principios de inocencia del sistema penal acusatorio y garantizar que México cumpla con los tratados internacionales de respeto a derechos humanos, consignó el diario Reforma.La iniciativa prevé reformas a los artículos 16 y 19 de la Constitución y es firmada por las diputadas Martha Tagle Martínez, de Movimiento Ciudadano (MC); Lorena Villavicencio Ayala, de Morena, y los perredistas Verónica Juárez Piña y Antonio Ortega Martínez.En el artículo 16 se mantiene la redacción de que ningún indiciado podrá ser retenido por el MP por más de 48 horas, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial.Este plazo podrá duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada, y todo abuso a lo anteriormente dispuesto será sancionado por la ley.En la propuesta se añade: “El Ministerio Público no podrá liberar al imputado y lo deberá poner a disposición de autoridad judicial cuando la detención se haya realizado por delitos relacionados con el uso de programas sociales con fines electorales; de corrupción, tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos”.También se consideran delitos contra la seguridad de la Nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, abuso o violencia sexual contra menores, violencia feminicida, robo de casa habitación, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, desaparición forzada de personas, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, añadió Reforma en su información.También se pretende acabar con la llamada “puerta giratoria”, que ha permitido la liberación de presuntos delincuentes pese a la portación de armas de fuego.[/read]Compartir