La Suprema Corte de Justicia rechazó los cobros directos de deudas bancarias sobre las cuentas donde se depositan pensiones de personas jubiladas.
La Corte amparó a un pensionado del Issste que demandó a su banco por haber cobrado una antigua deuda de tarjeta de crédito directamente sobre la cuenta en la cual el mismo banco había depositado el primer pago de su pensión.
PRECEDENTE EN BANORTE
Si bien el Poder Judicial censuró el nombre del banco en todos los registros públicos disponibles, la cuenta se denomina Suma Pensiones, producto que es ofrecido por Banorte, informó el diario Reforma.
La SCJN revocó la sentencia de un tribunal colegiado de circuito que había negado el amparo al demandante Eduardo Barenque Enríquez, al considerar que el banco actuó legalmente, pues el propio Barenque aceptó en el contrato para la tarjeta de crédito que las deudas vencidas podrían cobrarse sobre cualquier cuenta.
OBLIGATORIO EN TODO EL PAÍS
Al haber sido aprobado por cuatro votos, este criterio será obligatorio para todos los tribunales del país que conozcan de demandas similares contra los bancos.
Tanto el banco, como el tribunal colegiado, habían sostenido que no hubo tal embargo sobre la pensión, pues esta fue depositada en la cuenta respectiva, y el cobro de la deuda por tarjeta -que se arrastraba desde 2012- fue aplicado posteriormente.
(Fotos: Tomadas del diario Reforma)