Con el voto dividido de los diputados del PAN, el Congreso de Guanajuato aprobó reformas al Código Civil del estado a fin de permitir el matrimonio igualitario sin importar el sexo o género.

Las reformas al Código Civil reconocen ahora al matrimonio como la unión libre de dos personas, sin importar su sexo.

Con el cambio, el texto legal sustituye las referencias a “hombre y mujer” por “cónyuges”, con lo que se armoniza la normativa local con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con un cambio de última hora a la orden del día, el Pleno del Congreso procedió a discutir la iniciativa promovida por Morena.

RESULTADO DE AÑOS

Así, durante la discusión, la diputada morenista María Eugenia García Oliveros dijo que la reforma responde a estándares constitucionales e internacionales y amplía las oportunidades de igualdad al eliminar un lenguaje excluyente.

Subrayó que el reconocimiento del matrimonio igualitario es resultado de años de lucha de colectivos de personas LGBT+ y de las personas de la diversidad sexual y de género.

La legisladora Sandra Alicia Pedroza Orozco manifestó que, con este dictamen, Guanajuato salda una deuda pendiente en materia de derechos humanos.

DIVISIÓN PANISTA

Los diputados panistas que históricamente han defendido la vida desde la concepción y la familia tradicional se dividieron con la aprobación de los matrimonios igualitarios.

Seis blanquiazules votaron a favor de la reforma, ocho se pronunciaron contra y Angélica Casillas se abstuvo de votar.

También votaron en contra una diputada del PRI, Rocío Cervantes Barba, y la legisladora del PRD, María del Pilar Gómez Enríquez, cuyo partido siempre promovió los matrimonios homosexuales.

Los panistas que avalaron la reforma son Arturo Espadas Galván, Aldo Márquez Becerra, Ana María Esquivel Arrona, Carlos Terán Vargas, Jesús Hernández Hernández y Salvador Tovar Vargas.

Los que rechazaron los matrimonios igualitarios son Juan Carlos Romero Hicks, Noemí Márquez Márquez, Erandi Bermúdez, Jared González Márquez, María Isabel Ortiz Mantilla, Susana Bermúdez, Yesenia Rojas y Rolando Fortino Alcántar.

ARTÍCULO REFORMADO

El artículo 144 del Código Civil establece sobre el matrimonio que “cualquier condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta”.

 “Matrimonio es la unión libre de dos personas, que tiene como objeto realizar una comunidad de vida, en la que los cónyuges se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua”, señala la reforma aprobada.

En general, con la reforma se cambia el concepto “del marido y la mujer” por personas cónyuges.

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