La viuda de un trabajador fallecido que tenía una cuenta de Afore activa, ya puede acceder a los fondos sin demostrar que dependía económicamente de él.

De acuerdo con una nota publicada por el diario Reforma, la justicia federal estableció por primera vez que los cónyuges, hijos, padres u otros familiares de un trabajador fallecido pueden reclamar la devolución de los recursos que acumuló en su cuenta del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), sin tener que probar que dependían económicamente de él.

La información precisa que el pleno en Materia Laboral del Primer Circuito fijó jurisprudencia que rechaza aplicar literalmente el artículo 84 de la Ley del Seguro Social, según el cual los beneficiarios legales del trabajador -es decir, sus parientes-, tienen que probar que eran sus dependientes económicos para acceder al dinero, añadió la información de Reforma.

La jurisprudencia, aprobada por 12 votos contra 5, es obligatoria a partir del 17 de julio en todos los litigios en la Ciudad de México en los que se reclame la entrega del dinero, mismos que se tramitan ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, añadió la información de Reforma.

Los Magistrados de la mayoría advirtieron que exigir el requisito de probar la dependencia económica lleva a que los recursos acumulados en la Afore no se entreguen a ningún pariente del trabajador.

“Esto implicaría la pérdida de los recursos y se restarían incentivos para el ahorro. Por constituir parte de su patrimonio, debe privilegiarse la posibilidad legal de transmitirlo a favor de quienes tengan derecho a ello”, resolvió el pleno, consignó la nota de Reforma.

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También estableció un mecanismo para determinar la devolución según el orden previsto en el artículo 84, que inicia con las esposas, sigue con hijos menores de edad, hijos incapacitados, hijos mayores de edad, y llega hasta padres y madres del trabajador.