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El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) modificó el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) que establecía la reserva exclusiva de candidaturas para mujeres en 13 presidencias municipales durante las elecciones de 2027.

La resolución, correspondiente al expediente TEEG-REV-02/2026, determinó que el instituto electoral no presentó elementos suficientes para justificar la restricción de candidaturas masculinas en esos municipios. Sin embargo, la decisión no elimina las obligaciones generales de paridad de género que deben cumplir los partidos políticos.

TEEG modifica acuerdo del IEEG sobre candidaturas femeninas

El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato resolvió modificar el acuerdo aprobado por el IEEG el pasado 14 de septiembre, mediante el cual se pretendía reservar exclusivamente para mujeres las candidaturas a 13 presidencias municipales.

El órgano jurisdiccional consideró que, aunque la medida buscaba fortalecer la participación política femenina, no se acreditó suficientemente la necesidad de establecer esta restricción adicional a las reglas de paridad existentes.

¿Cuáles son los 13 municipios involucrados?

La disposición original contemplaba Apaseo el Grande, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Dolores Hidalgo, Purísima del Rincón, Romita, San Francisco del Rincón, Santa Cruz de Juventino Rosas, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato y Valle de Santiago.

El IEEG había seleccionado estos municipios bajo el argumento de que era necesario corregir desigualdades históricas en el acceso de las mujeres a las presidencias municipales.

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Tribunal señala inconsistencias en el diagnóstico electoral

El IEEG utilizó información del periodo comprendido entre 1997 y 2024 para sustentar que los 13 municipios seleccionados no habían sido gobernados por mujeres.

Sin embargo, el Tribunal identificó que Comonfort, Cortazar, Dolores Hidalgo, Romita y Tarimoro ya habían tenido presidentas municipales, por lo que consideró insuficiente el análisis presentado para justificar la medida.

Candidaturas independientes, otro punto de la resolución

El TEEG también señaló que la reserva exclusiva afectaba los derechos de los hombres interesados en participar mediante candidaturas independientes, pues les impedía registrarse en los municipios contemplados.

A diferencia de los partidos políticos, que pueden postular aspirantes en distintos municipios, las personas que buscan una candidatura independiente deben cumplir requisitos vinculados con su residencia, lo que limita sus alternativas de participación.

Paridad de género seguirá vigente en las elecciones de 2027

La resolución no significa que desaparezcan las medidas para garantizar la participación política de las mujeres. El Tribunal estableció que las demás disposiciones de paridad deberán mantenerse durante el proceso electoral.

De acuerdo con el TEEG, en los últimos tres procesos electorales las mujeres han gobernado 28 de los 46 municipios de Guanajuato, un dato que consideró relevante para evaluar los avances de representación femenina.

¿Qué cambia para las elecciones municipales de Guanajuato?

Con la modificación del acuerdo, los 13 municipios dejarán de estar sujetos a una reserva que permitía únicamente candidaturas femeninas, por lo que podrán participar aspirantes conforme a las reglas electorales aplicables.

Los partidos políticos deberán seguir cumpliendo los lineamientos de paridad en sus postulaciones. La resolución modifica una medida específica, sin eliminar el principio de igualdad de participación entre mujeres y hombres.

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