El servicio comunitario fue establecido por el gobierno municipal de León, Guanajuato, como una manera de apoyar a aquellos automovilistas que opten por no pagar las infracciones de tránsito que violaron el Reglamento de Policía y Vialidad.

El objetivo es apoyar la economía de la ciudadanía y ayudar al mismo municipio de León.

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En un comunicado, el gobierno municipal de León recordó que para poder realizar algún servicio a favor a la comunidad, la única condición es que la infracción por una falta de tránsito no debe superar las 18 UMA’S (Unidad de Medida y Actualización), es decir, que el costo de la multa sea menor de 1 mil 450.80 pesos.

A partir del 1 de enero que entró en vigor el nuevo Reglamento de Policía y Vialidad, la ciudadanía puede realizar servicio comunitario, sin embargo, las primeras personas en solicitarlo lo hicieron apenas el pasado 2 de abril.

Fueron seis ciudadanos los que han sido canalizados por parte de la Dirección de Tránsito a la Dirección de Prevención del Delito para realizar servicio comunitario en su mayoría han por infringir el artículo 122 fracción II, el cual señala: se prohíbe estacionar cualquier vehículo de motor en zonas o vías públicas identificadas con la señalización respectiva.

Dicha acción es, de acuerdo con el artículo 59, el cual señala que “se entiende por actividades de apoyo a la comunidad la realización de tareas voluntarias a efecto de no cumplir con el arresto o en su caso el pago de la multa impuesta por la comisión de faltas administrativas”.

El ciudadano es quien decide si quiere hacer servicio comunitario. Quien esté interesado deberá acudir a la Dirección de Tránsito dentro de los dos días hábiles siguientes de cometer la infracción, deberá acreditar su identidad y domicilio, posteriormente canalizada a Prevención del Delito, donde se determinará la actividad a realizar.

La unidad administrativa encargada de la coordinación del programa, es decir, Prevención del Delito emitirá la constancia de cumplimiento que permitirá la devolución del documento que se dejó en garantía por la infracción, en Tránsito Municipal.

Las actividades de apoyo a la comunidad se desarrollarán preferentemente dentro de los rubros siguientes:

-Cuidado y conservación del medio ambiente, protección y rescate de animales.

-Acompañamiento a colectivos en condición de vulnerabilidad (adultos mayores, personas en condición de discapacidad, víctimas de desastres naturales y otros similares).

-Promoción de hábitos de vida saludable.

-Solidaridad y prevención de desastres.

-Cultura y participación ciudadana.

-Promoción de la recreación y el deporte.

-Promoción artística y cultural.

-Educación vial.

-Mantenimiento y estética de la ciudad.

Será el personal de prevención del Delito quien se encargue de la supervisión de las actividades.

Las horas impuestas para el servicio comunitario serán de acuerdo a las UMA’S de la infracción cometida, una hora de servicio equivale a tres UMA’S, mismas que no se deberán realizar durante la jornada laboral o escolar y máximo se pueden realizar tres horas por día.

Además, la persona que no realice las actividades de apoyo a la comunidad que se le asignaron, sin causa justificada, no podrá acceder nuevamente a la prerrogativa.

Tampoco podrán acceder nuevamente al servicio comunitario como pago de una multa, aquellos infractores que incurran en la comisión de la misma falta por la que lo habrían realizado.

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